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Precisiones hace la CREG sobre el servicio de estabilización de potencia AGGE y AGPE

Escrito por  Ago 19, 2025

La CREG precisa que el servicio de estabilización de potencia es obligatorio para todos los generadores conectados al Sistema Interconectado Nacional (SIN), excepto para plantas solares fotovoltaicas y eólicas. Este requisito aplica a cualquier recurso de generación diferente a autogeneradores a pequeña escala (AGPE), generadores distribuidos (GD) y autogeneradores a gran escala (AGGE) con potencia máxima declarada (PMD) menor a 5 MW, debido a sus procesos simplificados según la Ley 1715 de 2014 y la Resolución CREG 174 de 2021. Para los AGPE no se exige prestar el servicio de estabilización de potencia, y para AGGE conectados en Sistemas de Distribución Local (SDL) o Sistemas de Transmisión Regional (STR), tampoco resulta obligatorio este servicio. XM ha requerido información a agentes de plantas de generación para asegurar el cumplimiento de este requisito, aplicado a generadores que no están exceptuados. Por tanto, el servicio es obligatorio para generadores convencionales, pero están exentos los AGPE y AGGE menores a 5 MW, así como las plantas solares y eólicas.

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Modificado por última vez en Martes, 19 Agosto 2025 00:03