El Gobierno reglamentó la transferencia de activos estratégicos administrados por la Sociedad de Activos Especiales S.A.S. (SAE) a otras entidades públicas para apoyar la ejecución de políticas públicas. Es necesario regular la cobertura de riesgo ante sentencias de improcedencia de extinción de dominio, pues la SAE debe responder con restituciones pecuniarias en caso de devoluciones judiciales, constituyendo una reserva técnica para ello. Además, se regula la disposición anticipada de activos sociales y no sociales para su aprovechamiento público o social, facilitando la gestión eficiente y transparente. Se establecen mecanismos para la materialización de estas transferencias mediante actos administrativos y el saneamiento automático de vicios en los títulos y tradición, asegurando la seguridad jurídica y el uso adecuado de los bienes.