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CREG aclaró límites por suspensión de gas por no pago y respaldó filtros internos de los vendedores para prevenir riesgos

Escrito por  Ago 06, 2025

La CREG respondió que, según la Resolución 102 015 de 2025, si el comprador incumple el pago del gas, el vendedor puede ejecutar garantías y exigir intereses o terminar el contrato, pero no suspender unilateralmente el suministro sin incurrir en incumplimiento. Además, aclaró que la regulación no impide a los productores aplicar filtros internos para verificar la idoneidad de sus contrapartes, siempre que no discriminen injustificadamente y cumplan normas sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo. Tales mecanismos son responsabilidad de cada agente, sin que la CREG regule su contenido específico.

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Modificado por última vez en Martes, 05 Agosto 2025 16:43