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¿Qué precisiones hace la SSPD sobre la financiación del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica?

Escrito por  May 02, 2025

La SSPD precisa que la financiación del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica, establecido por el DNP en el Modelo de Reglamento, debe provenir del presupuesto municipal o distrital destinado a la estratificación de la localidad, incluyendo gastos como visitas de campo, notificaciones, capacitaciones y honorarios de los miembros representantes de la comunidad. No contempla otros gastos permanentes, como oficinas o personal administrativo. Los recursos deben ser consignados en el presupuesto local y su uso se limita a estas funciones específicas. La SSPD señala que no tiene competencia para controlar o vigilar a las entidades territoriales respecto a cómo aplican esta normativa, ya que su papel es de carácter asesor y no de supervisión directa, siendo las entidades territoriales quienes tienen autonomía presupuestal para gestionar estos recursos y honorarios.

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Modificado por última vez en Jueves, 01 Mayo 2025 23:46