La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) señala que los subsidios para los usuarios de energía en estrato 2, según la Ley 1117 de 2006 y la Resolución CREG 186 de 2010, no pueden ser superiores al 50% del costo del servicio y deben ajustarse a los límites de consumo básico o de subsistencia establecidos por el Gobierno. Para ser beneficiario, el usuario debe tener facturación de energía o gas distribuido por red, y los subsidios se financian con recursos de los fondos de solidaridad, aportes de la Nación y recursos territoriales. La normativa establece que los subsidios deben respetar estos porcentajes y límites, y en caso de insuficiencia de recursos, la diferencia puede ser cubierta por recursos municipales o de otras entidades. La regulación busca promover equidad y redistribución, asegurando que los subsidios se otorguen conforme a los principios constitucionales de solidaridad y redistribución de ingresos.