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¿Cuáles son las normativas que rigen la facturación y operación de empresas de servicios públicos en zonas de alto riesgo?: SSPD

Escrito por  Mar 28, 2025

La normativa aplicable a las empresas de servicios públicos que operan en zonas de alto riesgo se rige principalmente por la Ley 142 de 1994 y el Decreto 1369 de 2020, así como otros actos normativos relacionados. En cuanto a la facturación y operación, las empresas deben cumplir con las disposiciones generales del régimen de servicios públicos domiciliarios, sin alteraciones específicas por el hecho de operar en áreas de riesgo. Específicamente, los prestadores deben realizar análisis técnicos previos a la prestación de servicios para determinar la viabilidad, tomando en cuenta las condiciones del inmueble y del terreno. En términos de facturación, deben adherirse a lo establecido en los contratos de condiciones uniformes y a la regulación general de servicios públicos, manteniendo la micro medición del consumo, que es esencial tanto para la empresa como para el usuario.

Las empresas están obligadas a cooperar con las autoridades en situaciones de emergencia, siguiendo la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y otros lineamientos pertinentes. En resumen, aunque operan en zonas de alto riesgo, deben respetar la normativa general y realizar los análisis necesarios para garantizar el servicio.

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Modificado por última vez en Jueves, 27 Marzo 2025 22:11