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CRA preció el marco tarifario de acueducto y alcantarillado para inmuebles desocupados

Escrito por  Feb 18, 2025

La Entidad precisó que, aun en inmuebles desocupados, se cobra un cargo fijo que refleja los costos de garantizar la disponibilidad del servicio de acueducto. Este cargo se aplica independientemente del nivel de uso del inmueble, como lo indica el artículo 90.2 de la Ley 142 de 1994. Además, aunque no hay una regulación específica que aborde el cobro en estos casos, se permite la suspensión del servicio por mutuo acuerdo, durante la cual no se realiza cobro. En inmuebles desocupados, si no hay suspensión, se cobraría solo el cargo fijo. También se precisa la importancia de verificar posibles fugas en las instalaciones internas, ya que esto podría generar consumo, afectando así la tarifa a aplicar. Finalmente, los conceptos emitidos por la CRA son orientativos y no obligatorios, proporcionando alineaciones generales más que soluciones específicas para cada situación.

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Modificado por última vez en Lunes, 17 Febrero 2025 18:53