A través de este concepto la SIC explicó que para asegurar un tratamiento adecuado de los datos en sistemas de Inteligencia Artificial (IA), se establecen cuatro criterios fundamentales: idoneidad, necesidad, razonabilidad y proporcionalidad. Se establece que las ventajas obtenidas del tratamiento no deben superar las desventajas que puedan afectar el derecho al Habeas Data, asegurando un equilibrio entre los beneficios y la protección de la privacidad. Estos principios son esenciales para la implementación efectiva de medidas que garanticen la privacidad y seguridad de la información.