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Consejo de Estado avoca conocimiento de acto que establece medidas para prevenir propagación del COVID 19 en el Ministerio de Transporte

Escrito por  Sep 08, 2020

El Consejo de Estado decide avocar conocimiento, en única instancia, de la Resolución núm. 20203040004125 de 1º de junio de 2020, “Por la cual se adoptan e implementan las medidas de bioseguridad dadas por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución 666 de 2020, con el fin de mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19 en el Ministerio de Transporte de conformidad con las disposiciones de la Ley 1437 de 2011El Consejo de Estado decide avocar conocimiento, en única instancia, de la Resolución núm. 20203040004125 de 1º de junio de 2020, “Por la cual se adoptan e implementan las medidas de bioseguridad dadas por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución 666 de 2020, con el fin de mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19 en el Ministerio de Transporte de conformidad con las disposiciones de la Ley 1437 de 2011

La Ley 1437 de 2011 establece que las medidas de carácter general que sean dictadas en ejercicio de la función administrativa y como desarrollo de los decretos legislativos durante los Estados de Excepción, tendrán un control inmediato de legalidad, ejercido por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo en el lugar donde se expidan, si se tratare de entidades territoriales, o del Consejo de Estado,  si emanaren de autoridades nacionales, de acuerdo con las reglas de competencia establecidas en este Código

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