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Colombia Compra: en los convenios solidarios celebrados entre las Entidades Estatales y las Juntas de Acción Comunal, no es posible pactar anticipos

Escrito por  Oct 18, 2024

Colombia Compra precisó que, en los convenios solidarios celebrados entre las Entidades Estatales y las Juntas de Acción Comunal, no es posible pactar anticipos o pagos anticipados. Esto se debe a que, aunque el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993 permite el pago de anticipos en contratos, esta prerrogativa no se extiende a los convenios solidarios, que son de naturaleza no conmutativa.

En cuanto a los giros de recursos, la Minuta Tipo de los Documentos Tipo para la contratación directa de convenios solidarios establece que las Entidades Estatales pueden definir el número de desembolsos a realizar, siempre que la suma total no supere el 100% de la vigencia fiscal correspondiente. Además, se deben especificar los momentos y condiciones para cada giro.

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Modificado por última vez en Jueves, 17 Octubre 2024 22:53