En el presente concepto la SSPD indica que los prestadores de servicios públicos deben informar a los usuarios sobre las condiciones uniformes de los contratos de manera amplia y accesible en el territorio donde prestan sus servicios. Esto implica que deben tener copias de estas condiciones disponibles para los usuarios que las soliciten. Cualquier modificación a las condiciones del contrato debe ser comunicada a los usuarios. Esta información debe ser publicada en un plazo de un mes después de que se haga efectiva la modificación, y debe dejarse constancia de la misma en el Sistema Único de Información (SUI).
La ley no especifica el medio exacto para realizar esta comunicación, lo que permite a cada prestador elegir el método que considere más adecuado, siempre cumpliendo con el requisito de amplitud en la difusión de la información. Si un prestador no cumple con la obligación de informar o publicar las condiciones del contrato, esto puede llevar a la inoponibilidad de las condiciones contractuales frente al usuario, lo que significa que dichas condiciones no pueden ser exigidas.
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