A través del presente concepto Colombia Compra Eficiente presentó la normatividad aplicable para, entre otros, definir el régimen de contratación de los fondos mixtos con objeto diferente a promoción de arte y cultura acatando el régimen jurídico, su naturaleza es de carácter mixto, toda vez que las personas jurídicas creadas en virtud del artículo 96 de la Ley 489 de 1998 se rigen por una parte por el Código Civil en lo relativo a su constitución, organización, funcionamiento y procedimiento de transformación y, por el otro, se encuentran sujetas a las reglas y principios generales de contratación, por encontrarse dentro del ámbito de aplicación de la Ley 80 de 1993.