Vinculación de personas con discapacidad», suscrito ya sea por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal en los casos que corresponda, que certifique el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente, y, el certificado del Ministerio de Trabajo que acredite el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal.