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SSPD reiteró que las empresas de servicios públicos domiciliarios pueden constituirse como SAS

Escrito por  Ago 01, 2022

La SSPD reiteró que “las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) hacen parte de las sociedades por acciones a que alude el artículo 17 de la Ley 142 de 1994, es decir, que quienes se constituyen como Empresa de Servicios Públicos, pueden asumir dicha forma societaria.

Son un tipo societario de los denominados cerrados, que, a diferencia de los abiertos, cuenta con una amplitud en la libertad de estipulación contractual ya que, permite crear empresas de manera más ágil y flexible, atendiendo para ello lo dispuesto en la Ley 1258 de 2008, motivo por el cual, su constitución podrá hacerse con uno o varios socios, sin perjuicio de la aplicación de las demás normas especiales contenidas en la citada Ley.”

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