disponibilidad permanente del servicio para el usuario, independientemente del nivel de uso, un cargo por aportes de conexión el cual podrá cubrir los costos involucrados en la conexión del usuario al servicio, y, el cobro de estos cargos en ningún caso podrá contradecir el principio de la eficiencia, ni trasladar al usuario los costos de una gestión ineficiente o extraer beneficios de posiciones dominantes o de monopolio.