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Concepto de la SSPD sobre la destinación de los recursos recaudados por impuestos de alumbrado público

Escrito por  Mar 29, 2022

"El artículo 350 de la Ley 1819 de 2016 establece que los recursos recaudados por concepto de tal impuesto, deben ser destinados exclusivamente para la prestación, mejora modernización y ampliación de la prestación de este servicio, así como al suministro, administración, operación, mantenimiento, expansión y desarrollo tecnológico asociado, lo que significa que los recursos

recaudados tienen una destinación específica, es decir, que no pueden ser utilizados para fines diferentes a los señalados." Así quedó dispuesto a través del presente concepto.

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