La SSPD indicó que la tarifa del impuesto de alumbrado público será del 15% y su parágrafo "la zona rural queda exenta del pago de dicho impuesto". Sin embargo, desde la sanción de dicho acuerdo expedido el 29 de diciembre de 2012 hasta la fecha, no se viene aplicando en su totalidad, a pesar que el acto administrativo fue revisado por la gobernación y goza de legalidad al no presentarse objeción alguna hasta la fecha.