De acuerdo con el concepto, “la Agencia cofinancia Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial PIDAR, que estén en el marco de sus competencias legales y reglamentarias y que cumplan los lineamientos y parámetros definidos por el Consejo Directivo.
Por ello, no resulta aplicable el fundamento de derecho expuesto en la solicitud para el caso puntual, el cual corresponde al cumplimiento de una recomendación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, más no atiende a la finalidad de un proyecto PIDAR”.
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