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SSPD se pronunció sobre el alcance que tienen los recursos de ley en contra de un acto administrativo expedido por una cámara de comercio

Escrito por  Dic 10, 2021

De acuerdo con el concepto de la SSPD, los recursos de ley en contra de un acto administrativo expedido por una cámara de comercio, al ser tramitados en el efecto suspensivo conforme con lo señalado en el artículo 79 de la Ley 1437 de 2011, conlleva la suspensión de los efectos jurídicos y de ejecución del acto impugnado. En este sentido, hasta tanto no se agote la vía

administrativa y tratándose de un acto de nombramiento en una sociedad, mientras los recursos presentados no se decidan y resuelvan, dicho nombramiento no tendrá efecto.

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