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Actividades comerciales exentas del pago de contribución especial durante emergencia del COVID 19: MinMinas

Escrito por  Oct 07, 2020

En el marco de la emergencia ocasionada por el COVID 19 fue expedido el Decreto Legislativo 799 de 4 de junio de 2020, mediante el cual se adoptaron medidas relacionadas con La suspensión del pago de la sobretasa del sector eléctrico, para determinados usuarios comerciales y que suspendió transitoriamente, hasta el 31 de diciembre de 2020,

el pago de la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico para los prestadores de servicios turísticos con inscripción activa y vigente en el Registro Nacional de Turismo y que desarrollen como actividad económica principal las descritas a continuación: alojamiento en hoteles, alojamiento en apartahoteles, alojamiento en centros vacacionales, alojamiento rural, otros tipos de alojamientos para visitantes, actividades de parques de atracciones y parques temáticos, y otras actividades recreativas y de esparcimiento n.c.p

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