De acuerdo con el concepto de la CREG, la autogeneración se divide en autogeneración a pequeña escala AGPE y autogeneración a gran escala AGGE, que corresponden a autogeneración con potencia instalada menor o igual a 1 MW y con potencia instalada mayor a 1 MW, respectivamente. Lo concerniente a AGGE está definido por la Resolución CREG 024 de 2015 y lo correspondiente para AGPE se encuentra en la Resolución CREG 030 de 2018.