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SSPD se refirió a la posibilidad de publicar actos administrativos en páginas web oficiales de cada empresa prestadora

Escrito por  Oct 07, 2021

“En virtud de la protección al derecho del debido proceso, las entidades o empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios pueden proceder a publicar los actos administrativos en cumplimiento de lo señalado en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en la página web de empresa o entidad, así como en un lugar de acceso público, siempre y

cuando dicha publicación cumpla con el requisito de la norma de ofrecer las garantías necesarias de restricción en el acceso a terceros de los mismos.”

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