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SSPD: “el proceso de liquidación forzosa es diferente al contenido en la legislación ordinaria”

Escrito por  Oct 06, 2021

La SSPD aclaró que el proceso de liquidación forzosa es diferente al contenido en la legislación ordinaria, en la medida que en el primero, ordenado por la Superservicios, se debe garantizar la prestación del servicio público de que se trate y debe ser realizado atendiendo las previsiones contenidas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

Así mismo, el Liquidador designado debe realizar las actividades tendientes a recuperar y proteger los activos de la empresa a su cargo, teniendo en cuenta las características de la empresa y atendiendo dicha normativa.

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