todos los efectos al 31 de diciembre de 2023.
A través del acto administrativo, se modificó la fecha establecida en el inciso segundo del artículo 45 de los decretos 1603, 1604, 1605, 1606, 1607, 1608, 1609, 1610, 1611, 1612, 1613 Y 1614 de 2003, en el inciso segundo del artículo 46 del Decreto 1615 de 2003, y en el inciso segundo del artículo 45 del Decreto 1773 de 2004, la cual corresponderá para
todos los efectos al 31 de diciembre de 2023.