Así mismo, el generador de la carga y la empresa de transporte tiene la obligación de informar al Ministerio de Transporte, a través del Registro Nacional de Despachos de Carga RNDC, el Valor a Pagar y el Flete.
De acuerdo con el presente concepto, dentro de las obligaciones que le corresponde al generador de la carga es diligenciar el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) con información exacta y fidedigna de acuerdo con los parámetros establecidos por el Ministerio de Transporte.
Así mismo, el generador de la carga y la empresa de transporte tiene la obligación de informar al Ministerio de Transporte, a través del Registro Nacional de Despachos de Carga RNDC, el Valor a Pagar y el Flete.