Para el Despacho, una vez revisado el contenido del Acuerdo 4 de 30 de junio de 2020, emitido por Corpochivor, aunque se advierte que adoptó medidas de carácter general (que no recaen sobre una persona determinada) y se expidió en uso de función administrativa, no desarrolla un decreto legislativo proferido en el marco del estado de excepción declarado por el Decreto 417 de 2020.