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Interpretación jurídica de la CREG sobre la declaración de indisponibilidad histórica de salidas forzadas (IHF)

Escrito por  Ene 28, 2021

Para el cálculo de la ENFICC, el generador podrá declarar una indisponibilidad histórica de salidas forzadas (IHF) menor, y superior a 0.05, siempre y cuando aporte las garantías correspondientes a la diferencia de la ENFICC entre su declaración y la que resultaría de considerar el IHF calculado con base en la información histórica.

los agentes o promotores de plantas térmicas, y en particular las de Carbón, podían declarar un IHF superior al 5%, siempre y cuando aportarán las garantías que respaldara la diferencia de ENFICC correspondiente al IHF superior al 5% y la ENFICC correspondiente al IHF del 30%.

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