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Gobierno reglamentó aspectos relacionados con el régimen de transición de las medidas de protección al comprador de vivienda nueva

Escrito por  Dic 18, 2020

La medida pospone la obligatoriedad de la constitución de los mecanismos de amparo, para que el sector de la construcción cuente con las condiciones necesarias para su reactivación y retorne al ciclo normal del desarrollo de proyectos. “El Capítulo 7 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015 será de aplicación voluntaria por parte del constructor o

enajenador de vivienda nueva para los proyectos de vivienda, que radiquen en legal y debida forma la licencia de construcción en la modalidad de obra nueva, hasta el31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de la aplicación de la garantía legal de que trata la Ley 1480 de 2011."

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