la variable CEC definida en el numeral 5.2.4.3 funciona correctamente, y el aumento que se presenta en el ejemplo expuesto en la comunicación se debe a que el valor de la variable CFf es igual con o sin horas de servicio interrumpida”
Para la Comisión, tras analizar la información aportada en la consulta, “entiende que se menciona que el valor de la variable CEC presenta un aumento desproporcionado cuando las horas de interrupción se acercan a las 720 horas mensuales. La fórmula para la determinación de
la variable CEC definida en el numeral 5.2.4.3 funciona correctamente, y el aumento que se presenta en el ejemplo expuesto en la comunicación se debe a que el valor de la variable CFf es igual con o sin horas de servicio interrumpida”