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CRA respondió interrogantes relacionados con la aplicación de las tarifas en el servicio público domiciliario de acueducto pertenecientes al segundo segmento

Escrito por  Feb 09, 2023

Para las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado pertenecientes al segundo segmento y que en el marco de la aplicación de tarifas resultantes de la metodología tarifaria establecida en la Resolución CRA 688 de 2014, éstas

fueran superiores a las tarifas que estuvieran aplicando antes de su implementación, contaron con la opción de aplicarlas de manera progresiva en un plazo que no supere dos años contados a partir del primero (1) de julio de 2016, periodo de implementación que en la actualidad ya se encuentra cumplido. En consecuencia, actualmente no hay posibilidades de aplicar con progresividad las tarifas resultantes de la resolución en comento.

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