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SSPD no puede pronunciarse sobre los requisitos para el pago de los subsidios por parte de las entidades territoriales

Escrito por  Ago 06, 2020

En un concepto publicado por la SSPD la entidad estableció que, no es posible que esta Oficina se pronuncie sobre los requisitos y/o condiciones que deben acordarse para la celebración de un convenio cuyo objeto es el giro de los recursos tendientes a satisfacer los subsidios, con mayor razón cuando los mismos no obedecen a una tipificación legal.

Sin embargo, se recuerda que, en el marco de la emergencia sanitaria generada por el COVID-19 el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio – MVCT ha sido enfático en señalar la necesidad de aplicar, mientras dure la emergencia, la figura del Giro Directo de los recursos del Sistema General de Participaciones, para lo cual ha señalado el trámite y el procedimiento.

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