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ANM:” el concepto de bienes ocultos no resulta aplicable en materia de recursos minerales yacentes en el suelo o el subsuelo”

Escrito por  Nov 09, 2022

La ANM dejó claro que, el concepto de bienes ocultos no resulta aplicable en materia de recursos minerales yacentes en el suelo o el subsuelo, dado que el derecho de propiedad de los mismos recae en el Estado por mandato constitucional y legal, y por virtud de lo cual no es

dable aludir que el Estado y las autoridades competentes lo ignoren o desconozcan, así como tampoco puede alegarse sobre las minas o los recursos minerales un primitivo carácter de propiedad pública que se haya oscurecido, debido, entre otras circunstancias, a su abandono por parte de las entidades encargadas, ni puede endilgarse su dominio como litigioso o como necesaria su recuperación por parte del Estado a través del adelantamiento de acciones legales o judiciales.

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