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SSPD aclaró disposiciones sobre la cofinanciación de las comunidades organizadas que prestan servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Oct 10, 2022

La SSPD aclaró que las organizaciones autorizadas como las comunidades organizadas que prestan servicios públicos domiciliarios son entidades sin ánimo de lucro – ESAL. Su característica principal es no repartir sus excedentes ni las utilidades que se generan en el desarrollo

de su ejercicio. Su intención es obtener un beneficio social, ya sea, de un grupo de personas o de la comunidad en general. En este sentido, la conformación de dichas organizaciones, con el propósito de prestar servicios públicos domiciliarios en beneficio de una comunidad o de sus propios asociados, debe estar sujeta a reglas especiales, diferentes a las que aplican para las empresas de servicios públicos domiciliarios.

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