y demás que se entienden ejecutados y por consiguiente no pueden ser transferidos a otro inmueble por haberse finiquitado.
De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD, no es posible que un usuario traslade los derechos de conexión de un inmueble a otro de su propiedad porque, dentro del aporte por conexión se involucran los costos directos de conexión, dentro de los cuales se encuentra no sólo el medidor, sino también conceptos como materiales, accesorios, mano de obra
y demás que se entienden ejecutados y por consiguiente no pueden ser transferidos a otro inmueble por haberse finiquitado.