De acuerdo con lo dispuesto en el presente concepto, para aquellos gasoductos construidos bajo el esquema BOMT, el período de VUN se mantiene en 30 años, en cumplimiento de la regla establecida en el momento de construcción de estos gasoductos. Teniendo en cuenta que
los gasoductos construidos bajo el esquema BOMT están por cumplir período de VUN, el siguiente período de VUN corresponderá a lo establecido en la regulación vigente en materia de remuneración de transporte de gas natural al momento del cumplimiento del período de VUN.
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