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SSPD aclara dudas sobre la instalación y cambios de macromedidores de servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Nov 05, 2020

En el caso de edificios o unidades inmobiliarias cerradas podrá existir un medidor de control inmediatamente aguas debajo de la acometida. Deben existir medidores individuales en cada una de las unidades habitacionales o no residenciales que conforman el edificio o las unidades inmobiliarias o áreas comunes.

Las áreas comunes de edificios o unidades inmobiliarias cerradas deben disponer de medición que permitan facturar los consumos correspondientes. De no ser técnicamente posible la medición individual del consumo de áreas comunes, se debe instalar un medidor general en la acometida y calcular el consumo de las áreas comunes como la diferencia entre el volumen registrado por el medidor general y la suma de los consumos registrados por los medidores individuales.

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