×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Imprimir esta página

Gobierno reglamentó decreto Único Tributario en cuanto a la tarifa para los servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles y en hoteles remodelados y/o ampliados

Escrito por  Dic 09, 2021

A través del Decreto 1652-2021, quedó establecido que “las rentas provenientes de los servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles por las sociedades nacionales y sus asimiladas, los establecimientos permanentes de entidades del exterior y las personas jurídicas extranjeras con o sin residencia en el país, que se construyan, en municipios con poblaciones de hasta

doscientos mil habitantes a treinta y uno (31) de diciembre de 2016, tal y como lo certifique el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE, dentro de los diez (10) años siguientes a partir de la entrada en vigencia de la Ley 2068 de 2020, obtenidas por los prestadores de servicios hoteleros estarán gravadas a la tarifa del nueve por ciento (9%) por un término de veinte (20) años contados a partir del año gravable en que se inicie la prestación de los servicios y se cumpla con los requisitos de que trata el parágrafo 5 del artículo 240 del Estatuto Tributario y la presente Sección”.

Descargar documento