“Desde el año 2009 la Superservicios no es la entidad encargada de ejercer la protección de la libre y leal competencia en materia de servicios públicos domiciliarios, pues con la expedición de la Ley 1340 de 2009. Esta función le corresponde de manera privativa a la SIC.” Así lo aclaró la SSPD a través de la publicación de un concepto.