adquirirá todas las obligaciones del poseedor de mala fe y deberá intereses de mora pasados los 15 días.
De acuerdo con el concepto de la SSPD, en los eventos en que un usuario haya pagado y se resuelva de manera favorable el recurso de apelación, la SSPD podrá ordenar la devolución de los dineros que el prestador retenga sin justa causa al usuario. En caso de que el prestador no efectúe la devolución, dentro de los 15 días siguientes a la firmeza del acto administrativo la SSPD
adquirirá todas las obligaciones del poseedor de mala fe y deberá intereses de mora pasados los 15 días.