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SSPD reitera la prohibición de suspender servicios públicos durante emergencia del COVID 19

Escrito por  Oct 08, 2020

Durante el término de la declaratoria de la emergencia sanitaria, por causa del Coronavirus COVID-19, declarada por el Ministerio se Salud, y vigente hasta el 31 de agosto de acuerdo con la Resolución MSPS 844 de 2020, no resulta posible que prestadoras del servicio de acueducto adelanten acciones de suspensión o corte del servicio a sus suscriptores residenciales, bajo ninguna circunstancia.

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