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El texto de esta guía se puede consultar en el enlace: Protección contractual de usuarios del servicio de transporte. “Con esta iniciativa se busca promover la adopción de buenas prácticas empresariales en el marco de la relación de transporte, especialmente, en la elaboración de contratos cuyas cláusulas y estipulaciones sean concretas, claras, completas y respetuosas de los derechos de los usuarios, de tal manera que conlleven al surgimiento de relaciones contractuales equitativas entre empresarios y consumidores”.

La SuperSociedades, a través de las resoluciones 100-010227-2022 y h100-010228- 2022, en virtud de la creación de un grupo interno de trabajo adscrito a la Dirección de Intervención Judicial, le resultó necesario expedir los actos administrativos para determinar la estructura administrativa interna y delegar las facultades necesarias para el adecuado funcionamiento del Grupo de Pequeñas Intervenciones Judiciales.

La Entidad conformó por el término de dos (2) años, el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia de Servicios públicos Domiciliarios, el cual estará compuesto por tres (3) representantes principales y tres (3) representantes suplentes designados por el empleador, y tres (3) representantes principales y tres (3) representantes suplentes elegidos por los servidores públicos mediante votación libre, de acuerdo con el detalle indicado por la Entidad.

Para el ministerio Público “es claro que entre el título y objeto de la ley 2088-2021 y el inciso primero del artículo 14 de la misma, existe conexidad, ya que según aquellos el cuerpo normativo tiene como finalidad ordenar el trabajo en casa, sin afectar la prestación de servicio la comunidad y, con tal propósito este último, busca asegurar que sin perjuicio de la implementación de la figura los usuarios tengan a su alcance la información referente a los canales de comunicación que estarán a su disposición, para acceder los servicios que ofrece la entidad o empresa respectiva mientras sus empleados ahora en lugar diferente al habitual”.

Para la Entidad se hace necesario adicionar la línea de crédito en un monto de cuatrocientos setenta y dos mil setecientos veinticinco millones de pesos ($472.725.000.000) y ampliar el plazo de la misma con el fin de que las Entidades Promotoras de Salud, Empresas Sociales del Estado e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud mixtas y privadas accedan a los recursos de la línea de redescuento con tasa Compensada “Compromiso Salud Liquidez”.

Por medio de la presente circular Finagro informa que esta entidad y la Unidad Para la Atención y Reparación Integral de Víctimas, adscrita al Departamento para la Prosperidad Social, han suscrito un convenio interadministrativo, por medio del cual se destinaron recursos dirigidos a subsidiar la tasa de interés de los créditos que los intermediarios financieros otorguen en la población acreditada como víctima del conflicto armado interno y que desarrollan actividades en el sector agropecuario.

El Gobierno designó como miembros del Consejo Científico Nacional (CCN) conforme con las diez (10) ternas presentadas por el Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación y por un periodo de dos (2) años contados a partir de su notificación, a los siguientes investigadores: Dr. Jesús Francisco Vargas Bonilla, como investigador para el foco de conocimiento Tecnologías convergentes  y a la  Dra. Blanca Liliana Suárez Puerta, como investigadora para el foco de conocimiento Industrias culturales y creativas, entre otros designados a través del presente decreto.

La CREG corrigió un yerro del acto que indicó el listado de municipios que conforman las zonas de influencia para la OPC, en el sentido de que en la columna denominada “Asignado a la fuente de producción” donde dice “Cusiana” debe entenderse “Cusiana y Cupiagua”