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Conceptos (1)

La solicitud fue elevada por la Doctora Valentina Vivas Valencia, quien consultó acerca del trámite requerido para ejecutar actividades de poda de mantenimiento de infraestructura en zonas rurales bajo la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM). La Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM) precisó que, según el Decreto 1076 de 2015 y sus procedimientos internos, no se requiere permiso o autorización previa para realizar poda de árboles en predios rurales, ya que esta actividad no está sujeta a trámite ambiental. Sin embargo, la poda debe realizarse bajo criterios técnicos para minimizar riesgos sanitarios y estructurales en los árboles intervenidos. Se recomendó usar herramientas apropiadas y en buen estado, como motosierras y tijeras podadoras, y está prohibido el uso de machetes. Los cortes deben ser limpios, realizados en el cuello de la rama respetando la corteza, para favorecer la cicatrización; además, las herramientas deben desinfectarse antes y después de su uso para evitar enfermedades. Está prohibido el desmoche o descepado de árboles, y no deben dejarse tocones para evitar brotes indeseados. Estos lineamientos buscan mantener la salud forestal mientras se realiza el mantenimiento de infraestructura en áreas rurales bajo la jurisdicción de CAM.