La Corte Constitucional reconoció que, aunque existen muchas personas con discapacidad vinculadas como servidores públicos, persisten grandes brechas en su acceso y permanencia en el empleo. En un caso específico, una persona con discapacidad visual solicitó apoyo para desempeñar su cargo, pero la entidad responsable no tomó medidas para identificar ni implementar los ajustes razonables necesarios, vulnerando sus derechos a la igualdad y al trabajo. La Corte evidenció que las entidades desconocen cómo identificar barreras y determinar estos ajustes, por lo que ordenó a autoridades competentes elaborar lineamientos que faciliten este proceso y garanticen el derecho al trabajo con todas las garantías para las personas con discapacidad.
La Corte Constitucional amparó los derechos de una mujer que, tras superar todas las etapas de un proceso de selección laboral, fue excluida al descubrirse su embarazo en el examen ocupacional, sin motivo objetivo relacionado con su aptitud. La Sala declaró que esta exclusión constituye un acto discriminatorio que vulnera los derechos a la igualdad, trabajo, dignidad humana y autodeterminación reproductiva. Se resaltó que la discriminación contra mujeres embarazadas en procesos precontractuales está prohibida y que, ante la dificultad de probarla, los jueces deben aplicar un enfoque de género para superar barreras estructurales.
La Corte Constitucional analizó 30 tutelas sobre medicamentos negados o no entregados por las EPS. Identificó tres escenarios: medicamento prescrito no entregado oportunamente, falta de actualización de información, y tratamientos continuos con entregas pendientes. Ordenó a las EPS suministrar los medicamentos conforme a la prescripción médica vigente, o incluso aunque haya vencido por demora, garantizando entrega continua programada, con un plazo máximo de 72 horas antes de agotarse el suministro previo. En caso de desabastecimiento, las EPS deben valorar inmediantamente al paciente para bioequivalentes y evitar interrupciones. Se habilitarán canales de seguimiento y la vigilancia queda a cargo de la Procuraduría, Defensoría y Superintendencia de Salud. La medida busca proteger el derecho a la salud sin causar daño desproporcionado a EPS e IPS, garantizando acceso integral y oportuno sin excusas administrativas o presupuestales.
La Corte Constitucional reiteró su exhorto al Gobierno y al Congreso para que tramiten un proyecto que regule integralmente las Técnicas de Reproducción Asistida (TRA) ante la insuficiencia de la regulación vigente en Colombia. Identificó vacíos legales en la relación con donantes de gametos, el uso post mortem de células sexuales y la figura del alquiler de vientre, sin respuestas claras sobre reclamaciones de paternidad o contratos. También señaló que la ausencia de un marco normativo adecuado puede generar excesos y arbitrariedades en detrimento de derechos fundamentales, como el derecho a la autodeterminación reproductiva, que incluye decidir libremente sobre procrear y acceder a medios para ello. Esto se evidenció en un caso donde se negó el acceso a óvulos criopreservados tras la muerte de la pareja, poniendo de manifiesto la necesidad urgente de regulación precisa, ética y actualizada que proteja derechos y garantice seguridad jurídica para las prácticas de reproducción asistida.
La Corte Constitucional expuso su preocupación por la grave crisis humanitaria en el Catatumbo. Durante enero de 2025, más de 52,000 personas fueron desplazadas forzosamente y varias han sufrido violencia, incluidos firmantes del Acuerdo de Paz. A raíz de esta situación alarmante, la Corte, mediante el Auto 244 de 2025, solicitó información al Gobierno Nacional y a autoridades locales sobre las medidas implementadas para proteger a los desplazados y a los firmantes del Acuerdo.
La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017 de la Corte Constitucional reveló que persisten prácticas inconstitucionales y bloqueos institucionales en las entidades responsables de garantizar los derechos al agua, la alimentación, la salud y la participación de la niñez Wayuu. A pesar de algunos avances, se identificaron serias debilidades en el cumplimiento de los estándares establecidos, lo que afecta la imparcialidad y transparencia en la asignación de beneficios y la selección de contratistas.
El micrositio pedagógico de la Corte Constitucional, creado para el seguimiento de la Sentencia T-760 de 2008, ofrece un espacio interactivo para conocer los avances en la superación de las fallas estructurales del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia. En la sección "inicio", se explica el contexto de la sentencia, la creación de la Sala Especial de Seguimiento, sus funciones y los boletines informativos sobre decisiones recientes. La sección "seguimiento" detalla el proceso de valoración, los niveles de cumplimiento y los ejes temáticos de las órdenes emitidas, así como una síntesis de los mandatos y su evolución desde 2008. Además, incluye una sección "multimedia" con videos de inspecciones judiciales y sesiones técnicas, y una sección "asuntos de interés" que proporciona normatividad relevante y decisiones de tutela sobre derechos relacionados con la salud, como el derecho al diagnóstico y los servicios de cuidado y enfermería.
En la Sala Plena del 26 al 28 de noviembre de 2024, se programaron para estudio varios expedientes relevantes. Cada expediente está referenciado para descargarlo desde el archivo. Uno de ellos, el expediente D-15565, se centra en el monopolio rentístico de la producción de aguardiente, cuestionando las facultades de los departamentos para suspender permisos de introducción de aguardiente nacional o extranjero en su jurisdicción, bajo la Ley 1816 de 2016. Este caso busca analizar la protección del aguardiente colombiano y su regulación.
Recientemente, la Corte ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social que modifique y actualice el procedimiento para las solicitudes de eutanasia, reafirmando la necesidad de avanzar en la protección de una muerte digna. El texto de la providencia aún no está disponible.
El premio a la Sentencia T-286 de 2024 fue otorgado en el marco del XI Encuentro de la Jurisdicción Especial Indígena, que se llevó a cabo el 15 de noviembre de 2024 en la ciudad de Santa Marta. Este reconocimiento fue parte de la primera edición del concurso a la mejor sentencia con enfoque intercultural de la Rama Judicial, en la categoría de Alta Corte. En esta providencia la Alta Corte protegió los derechos a la seguridad alimentaria, a la autonomía indígena y al territorio de la Comunidad Indígena Métiwa Guacamayas. Se destacó que la falta de un enfoque étnico en los procesos sancionatorios ambientales vulneraba estos derechos.