y directamente asumen las responsabilidades tributarias a que haya lugar en el ejercicio contable y fiscal.
La ADR anunció que, bajo el modelo de ejecución directa, una vez las organizaciones beneficiarias del PIDAR reciben los recursos de cofinanciación a través del contrato de encargo fiduciario, el cual es constituido directamente por éstas, registran los mencionados recursos como un ingreso no operacional y a su vez como un activo, adquiriendo los recursos recibidos el carácter de derechos patrimoniales en cabeza de las organizaciones
y directamente asumen las responsabilidades tributarias a que haya lugar en el ejercicio contable y fiscal.