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Gobierno adicionó parágrafo al decreto Único de Planeación Nacional, para los proyectos de Asociación Público Privada de vías fluviales o canales de aguas navegables

Escrito por  Jun 18, 2021

El parágrafo adicionado, textualmente dice: “En los proyectos de Asociación Público Privada de vías fluviales o canales de aguas navegables podrá pactarse el derecho a retribución por unidades funcionales de infraestructura que cumplan con los requisitos previstos en el parágrafo 2Q del artículo 5 de la Ley 1508 de 2012, y cuyo presupuesto estimado de inversión de cada unidad

funcional de infraestructura sea igualo superior a cinco mil trescientos Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (5.300 SMLMV)”. 

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Modificado por última vez en Viernes, 18 Junio 2021 09:14