×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Imprimir esta página

Providencia del Consejo de Estado analizó el alcance de los ingresos por operaciones de reventa en contratos de consignación de vehículos de segunda mano

Escrito por  Jun 11, 2021

 Para la Sala, “el artículo 1377 del Código de Comercio dispone que el contrato de consignación o estimatorio consiste en que un consignatario recibe de un consignante una mercancía para ser vendida, lo que, desde luego, deja en claro que tal mercancía es de otra persona y no del consignatario. A cambio, el mayor valor en la venta será lo que percibirá el consignatario”.

“Si bien los actos enjuiciados y la certificación del revisor fiscal analizan la existencia de contratos de consignación de los vehículos, la Sala observa que al probarse que los autos de segunda mano eran adquiridos y luego revendidos por Vehículos Usados OK S. A. no se está en presencia de un contrato de consignación en sentido técnico jurídico”.

Descargar documento

Modificado por última vez en Viernes, 11 Junio 2021 08:28