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Consejo de Estado confirmó sentencia en la que declaró que EPM no es responsable del mantenimiento de una red interna en mal estado, por la que falleció un ciudadano que murió electrocutado

Escrito por  Jun 15, 2021

Para la Sala, “en relación con la responsabilidad de las instalaciones internas, la resolución CREG 070 de 1998, por la cual se establece el Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica, como parte del Reglamento de Operación del Sistema Interconectado Nacional, dispone que las instalaciones internas son responsabilidad de los usuarios y deberán cumplir las condiciones técnicas

que aseguren que las mismas no afecten la seguridad del STR y/o SDL, ni de otros Usuarios”.“En este sentido, en tanto que la red que suministraba energía a la motobomba ubicada en el lugar en el que falleció el señor Jesús Isidro Jaramillo      era interna, es evidente que era de responsabilidad tanto en su instalación como en su mantenimiento del usuario y no de la entidad demandada”.

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Modificado por última vez en Martes, 15 Junio 2021 08:03