×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Imprimir esta página

Colombia Compra Eficiente: consideraciones sobre contratación directa de un contrato de obra pública

Escrito por  Jun 03, 2021

La contratación directa de un contrato de obra pública requiere que la entidad contratante justifique la configuración de alguna de las distintas causales prevista en el numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. Así las cosas, si en ejercicio de la discrecionalidad administrativa y en la elaboración de los estudios previos, principalmente el de mercado, se determina que no existe pluralidad de oferentes en el mercado,

bien sea porque la construcción de la obra requiere la utilización de bienes que cuentan una patente o porque se trata de un estilo constructivo único y necesario para la satisfacción del objeto contractual. 

Descargar documento

Modificado por última vez en Jueves, 03 Junio 2021 12:10