resolvieron inaplicar los artículos 23 y 45 de la Ley 2080 de 2021 (Reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo); los artículos mencionados hacen referencia al trámite de control automático de legalidad de fallos con responsabilidad fiscal y se abstuvieron de avocar conocimiento del control automático de legalidad de dos sanciones fiscales emitidas por las contralorías departamentales de Antioquia y Cauca.