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Concepto de la SSPD sobre la prestación de servicios de acueducto en asentamientos ilegales

Escrito por  Mar 02, 2021

No existe prohibición legal para que empresas de los servicios de acueducto y alcantarillado, presten servicios en asentamientos ilegales; no obstante, la prestación ordinaria de tales servicios, dependerá del cumplimiento de los requisitos de conexión y/o prestación. En todo caso, está prohibida la gratuidad de los mismos, ya que, por el contrario, en ellos están presentes los principios de eficiencia económica y suficiencia financiera.

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